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Si tienes una empresa o sociedad creada por el sistema empresas en un día, debes saber que desde el 1 de febrero de 2023 debes llevar un registro de accionistas electrónico y un registro de poderes en el sitio web del Registro de Empresas y Sociedades (RES). Estos registros son obligatorios y te permiten controlar los datos de los accionistas y los poderes de tu empresa o sociedad, así como acreditarlos ante terceros. Como sabemos que llevar estos registros al día puede ser una tarea compleja y tediosa, que requiere tiempo y conocimientos legales, hemos crerado este servicio de mantención del registro de accionistas electrónico y el registro de poderes.

 

El servicio es anual e incluye :

  • Llenado del formulario con los datos solicitados.
  • Detalle del número total de acciones emitidas
  • Características de las acciones emitidas (nominativas o al portador, ordinarias o preferentes, con o sin derecho a voto).
  • Registro de poderes y alcance del poder otorgado (generalísimo, especial o judicial).
  • Plazo de duración y las facultades conferidas en el poder.
  • Generación del certificado que acredita la apertura y/o anotación del registro.
  • Historial de anotaciones y descarga de certificados que acrediten la titularidad o el porcentaje de participación en la empresa o sociedad, o los poderes vigentes.
  • Mantención por el plazo de un año de los registros electrónicos.

Servicio Registro de Accionistas Electrónico

$34.990Precio
  • Adactiva SpA puede solicitar información personal a sus clientes para la venta de los servicios que ofrece. Toda la información que faciliten los clientes al momento de efectuar una compra deberá ser veraz. Por ello, el cliente garantiza la autenticidad de todos aquellos datos que comunique. De igual forma, será responsabilidad del cliente mantener toda la información facilitada a Adactiva SpA. El cliente será el único responsable de las manifestaciones falsas o inexactas que realice y de los perjuicios que cause a Adactiva SpA o a terceros por la información que facilite.

    La Ley 19.496 dispone que el consumidor puede poner término en forma unilateral al contrato, en el plazo de 10 días contados desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo (art. 3 bis inc.1º). Tratándose de servicios, la devolución solo comprenderá aquellas sumas abonadas que no correspondan a servicios ya prestados a la fecha del retracto (art. 3 bis inc.3º).

    Dado lo anterior, podemos señalar que el consumidor por ley siempre podrá solicitar la devolución en el plazo de 10 días, siempre y cuando no haya comenzado el servicio ni haya pasado más de 1 año desde el día de contratación. Solo tienes que contactar a Adactiva SpA para realizar la solicitud.

    El cliente no podrá retractarse si el servicio ya comenzó a prestarse no pudiendo dejarse inconcluso el mismo, no teniendo derecho el cliente solicitar devolución alguna.

    La solicitud de devolución se debe presentar adjuntando los siguientes documentos:

     

    .- Comprobante de pago

    Las devoluciones se harán efectivas en un período no superior a 30 días hábiles, desde la presentación de la solicitud por parte del cliente. La devolución se efectuará mediante transferencia electrónica a la cuenta que el cliente indique

    Los fondos reintegrables en este caso serán solo aquellos que el usuario o usuaria no hayan utilizado y en consideración del valor normal, Perdiendo descuentos o promociones adquiridas.

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